miércoles, 13 de agosto de 2008

Asamblea OEA 2008 Drogas, Encierro y Derechos Humanos

Esta es información sobre drogas y encierro publicada en la reciente por la OEA (Organización de los Estados Americanos) en la Asamblea General 2008 en Colombia.

AG/RES. 2378 (XXXVIII-O/08)

OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES SOBRE EL INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA PARA EL CONTROL DEL ABUSO DE DROGAS

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 3 de junio de 2008)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTAS las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente (AG/doc. /08) al informe anual de 2007 de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) (CP/doc. /08);

TOMANDO EN CUENTA la resolución AG/RES 2343 (XXXVII-O/07) de la Asamblea General , “Observaciones y Recomendaciones sobre el Informe Anual de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas” y otras resoluciones relacionadas con el tema;

CONSCIENTE de la necesidad de obtener mayores progresos en el combate a la producción de cultivos ilícitos, al tráfico ilícito de drogas y a los delitos conexos, tales como el lavado de activos, la distribución ilícita vía Internet de sustancias lícitas internacionalmente controladas, y el desvío de productos farmacéuticos y precursores químicos a canales ilícitos;

CONSCIENTE, así mismo, de la necesidad de lograr mayores avances en la reducción de la demanda de drogas ilícitas y otras sustancias psicoactivas de uso farmacéutico;

RECONOCIENDO que el abuso de drogas representa un problema de salud pública que afecta a la sociedad en su conjunto, y que los Estados Miembros reconocen la gran importancia de la prevención temprana del abuso de drogas en la familia, la escuela, el lugar de trabajo y la comunidad, incluyendo programas que fortalezcan valores y habilidades para la vida en niños y jóvenes, y que el tratamiento y la rehabilitación de los drogodependientes es una parte esencial de los sistemas nacionales de salud;

PROFUNDAMENTE PREOCUPADA por la existencia, en algunos países, de grupos armados relacionados con el tráfico ilícito de drogas, los cuales generan situaciones que pueden desestabilizar el orden institucional y minar la gobernabilidad democrática;

RECONOCIENDO los vínculos existentes entre el tráfico ilícito de drogas y la delincuencia organizada transnacional;

CONSIDERANDO que, a través de la adopción de los treinta y cuatro informes nacionales y el Informe Hemisférico, el Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM) concluyó la primera fase de su Cuarta Ronda de Evaluación, 2005-2006;

TOMANDO NOTA CON SATISFACCIÓN que la CICAD ha fortalecido su cooperación e intercambio de información con todos los órganos subregionales, interamericanos e internacionales pertinentes;

RECONOCIENDO la importancia de que la CICAD , como órgano representativo de la región en el tema de combate a las drogas, participe en el proceso de revisión de los compromisos adquiridos en el vigésimo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (UNGASS 1998); y

TOMANDO NOTA con satisfacción por la incorporación de la Secretaría Ejecutiva de la CICAD en la Subsecretaría de Seguridad Multidimensional de la Organización de los Estados Americanos (OEA),

RESUELVE:

1. Agradecer la presentación a la Asamblea General del informe anual de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de 2007 (CP/doc.xxx/07) y felicitar a la Comisión por los logros alcanzados en todos los aspectos del control de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

2. Reafirmar su compromiso con el Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM) como instrumento objetivo para medir el progreso que han logrado los Estados Miembros en el control del problema de las drogas ilícitas, así como para identificar vulnerabilidades y áreas que necesitan ser mejoradas y fortalecer la solidaridad y cooperación hemisféricas.

3. Recomendar a los Estados Miembros que fortalezcan sus sistemas nacionales para la recuperación y administración de bienes producto de actividades ilícitas.

4. Encomendar al Grupo de Expertos en Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible de la CICAD que atienda y recomiende a la Comisión acerca de los temas en que ésta le ha solicitado su asesoría.

5. Encomendar a ______________________


AG/RES. 2403 (XXXVIII-O/08)

ESTUDIO SOBRE LOS DERECHOS Y LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS
SOMETIDAS A CUALQUIER FORMA DE DETENCIÓN Y RECLUSIÓN

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 3 de junio de 2008)

LA ASAMBLEA GENERAL,

RECORDANDO las resoluciones AG/RES. 1816 (XXXI-O/01), AG/RES. 1897 (XXXII-O/02), AG/RES. 1927 (XXXIII-O/03), AG/RES. 2037 (XXXIV-O/04), AG/RES. 2125 (XXXV-O/05), AG/RES. 2233 (XXXVI-O/06) y AG/RES. 2283 (XXXVII-O /07);

TENIENDO EN CUENTA:

Que en el sistema interamericano, los Estados Miembros de la OEA se comprometen a respetar y proteger los derechos humanos de las personas que han sido privadas de la libertad, incluyendo todos los derechos aplicables establecidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como aquellos establecidos en todos los otros instrumentos de derechos humanos de los cuales son parte;

Que, en el ámbito de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP), se han continuado las consultas a los Estados Miembros sobre este tema, y que varios de ellos han respondido al cuestionario elaborado a tal efecto (CP/CAJP-1853/01 rev. 1);

Las conclusiones y recomendaciones de la Quinta Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas (REMJA-V), contenidas en su informe final (REMJA-V/doc.9/04), y en particular la recomendación a los Estados de incentivar “la modernización de la infraestructura carcelaria y la profundización de las funciones de rehabilitación y reinserción social del individuo, a través del mejoramiento de las condiciones de privación de la libertad y el estudio de nuevos estándares penitenciarios”;

Las conclusiones y recomendaciones de la Sexta Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas (REMJA-VI), incluyendo aquellas relativas a una posible declaración interamericana sobre los derechos, deberes y la atención de las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión, y aquellas relativas a la factibilidad de elaborar un manual hemisférico sobre derechos penitenciarios, tomando como base las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos (REMJA-VI/doc.21/06, rev. 1, párrafos 4 d. y b.);

Las recomendaciones de la Primera Reunión de Autoridades Responsables de las Políticas Penitenciarias y Carcelarias de los Estados Miembros de la OEA (GAPECA/doc.04/03), celebrada en Washington, D.C., los días 16 y 17 de octubre de 2003; y

TOMANDO NOTA de los “Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas”, aprobados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a través de la Resolución 01/08 adoptada durante su 131º Período Ordinario de Sesiones; y

OBSERVANDO CON PREOCUPACIÓN la crítica situación de violencia y hacinamiento de los lugares de privación de libertad en las Américas y destacando la necesidad de tomar acciones concretas para prevenir tal situación, a fin de garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas privadas de libertad,

RESUELVE:

1. Instar a los Estados Miembros a que cumplan, en cualquier circunstancia, todas las obligaciones internacionales aplicables de respetar los derechos humanos de las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión, incluyendo los derechos establecidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como aquellos establecidos en todos los otros instrumentos de derechos humanos de los cuales son parte.

2. Encomendar al Consejo Permanente que continúe estudiando el tema relativo a los derechos y la atención de las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión, en colaboración con los órganos y entidades competentes del sistema interamericano y teniendo en cuenta las conclusiones y recomendaciones de la Séptima Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas contenidas en el informe final de dicha reunión (REMJA-VII/doc.7/08 rev. 1), incluyendo los informes de las reuniones de autoridades responsables de las políticas penitenciarias y carcelarias.

3. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a instancia de su Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, que continúe informando sobre la situación en la que se encuentran las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión en el Hemisferio y que, tomando como base su trabajo sobre el tema, siga refiriéndose a los problemas y buenas prácticas que observe.

4. Felicitar y reconocer a los Estados Miembros que han invitado al Relator Especial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas a visitar sus países, incluyendo sus centros de detención, y alentar a todos los Estados Miembros a que faciliten dichas visitas.

5. Asimismo, reconocer la importante labor que lleva a cabo el Comité Internacional de la Cruz Roja , en el ámbito de su competencia, con el fin de contribuir a que las personas que han sido privadas de su libertad en centros de detención o reclusión reciban un trato humano.

6. Hacer un llamado a los Estados Miembros para que consideren destinar mayores recursos a la CIDH , a fin de que apoye el cumplimiento eficaz del mandato de la Relatoría Especial sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas.

7. Reiterar al Consejo Permanente que, sobre la base de los resultados de los debates y estudios efectuados, entre otros los aportes de la CIDH , incluido el documento “Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas” y los trabajos del Relator de la CIDH sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad y los resultados de la Segunda Reunión de Autoridades Responsables de Políticas Penitenciarias y Carcelarias, a celebrarse por decisión de la REMJA-VII , considere la posibilidad de preparar una declaración interamericana sobre los derechos, deberes y la atención a las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión, con miras a fortalecer las normas internacionales ya existentes en la materia, así como la factibilidad de elaborar un manual hemisférico sobre derechos penitenciarios, tomando como base las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos y mantengan informada a la membresía sobre los avances.

8. Solicitar al Consejo Permanente que informe al trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General sobre la implementación de la presente resolución, cuya ejecución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

AG/RES. 2380 (XXXVIII-O/08)

PROMOCIÓN DE LA COOPERACIÓN HEMISFÉRICA
PARA EL TRATAMIENTO DE LAS PANDILLAS DELICTIVAS

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 3 de junio de 2008)

LA ASAMBLEA GENERAL,

RECORDANDO las resoluciones AG/ RES . 2144 (XXXV-O/05) “Promoción de la cooperación hemisférica para el tratamiento de las pandillas”; AG/ RES . 2247 (XXXVI-O/06) “Promoción de la cooperación hemisférica para el tratamiento de las pandillas relacionadas con actividades delictivas” y AG/ RES . 2299 (XXXVII-O/07) “Promoción de la cooperación hemisférica para el tratamiento de las pandillas delictivas”;

VISTAS las presentaciones de los organismos del Sistema interamericano y las entidades de la Secretaría General durante la Sesión Especial Dedicada a Analizar el Fenómeno de las Pandillas Delictivas, celebrada por la Comisión de Seguridad Hemisférica el 17 de enero de 2008;

TOMANDO NOTA de las intervenciones de los Estados Miembros en dicha sesión especial y su preocupación por la expansión del fenómeno de las pandillas delictivas a distintos países y subregiones, en diversas modalidades y particularidades, así como su evolución, en algunos casos, hacia formas violentas de comportamiento y vinculación creciente al tráfico ilícito de armas, al consumo y tráfico ilícito de drogas, a la extorsión y a otros delitos.

RECONOCIENDO que la pobreza, la inequidad y la exclusión social, entre otras causas, podrían crear condiciones que llevan al surgimiento de pandillas delictivas;

REAFIRMANDO que en la Declaración de Mar del Plata de la Cuarta Cumbre de las Américas, los Jefes de Estado y de Gobierno enfatizaron su preocupación por el problema de las pandillas delictivas y sus aspectos conexos, así como sus efectos en el entorno económico y social que ponen en riesgo los progresos alcanzados por nuestras sociedades en el proceso de estabilidad, democratización y desarrollo sostenible;

CONSIDERANDO que existen diferentes categorías de pandillas, para cada una de las cuales es necesario diseñar e implementar políticas públicas focalizadas, equilibradas, transversales e integrales, que tengan en consideración la protección de los derechos humanos, la eficacia en la aplicación justa de la ley, la prevención de la violencia, la rehabilitación y la reinserción de los transgresores y sus víctimas;

TENIENDO PRESENTE la opinión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de que existe un consenso sobre “que la búsqueda de iniciativas dirigidas a garantizar la seguridad ciudadana debe sustentarse sobre la base de principios firmes de respeto de los derechos humanos”;

DESTACANDO la necesidad de los Estados de cooperar estrechamente entre sí y de adoptar una estrategia regional de cooperación para el tratamiento de las pandillas delictivas; y

TOMANDO NOTA TAMBIÉN de las conclusiones, recomendaciones e iniciativas surgidos de los Foros y reuniones que a nivel subregional se han estado llevando a cabo para el tratamiento del fenómeno de las pandillas delictivas,

RESUELVE:

1. Instruir a la Secretaría General a que, en coordinación con los órganos, organismos y entidades de la Organización de los Estados Americanos competentes en el tema, continúe apoyando articuladamente las iniciativas de los Estados Miembros relacionadas con la prevención y el tratamiento integral del fenómeno de las pandillas delictivas en sus diversas modalidades y particularidades, así como la reinserción social de los transgresores.

2. Instruir a la Secretaría General que, a través del Departamento de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad Multidimensional y en coordinación con las demás áreas pertinentes presente una propuesta para la discusión de la estrategia regional de cooperación y apoye en su elaboración.

3. Encomendar al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, cree un Grupo de Trabajo que sustituya al Grupo de Contacto Integrado por los Estados Miembros Interesados o Particularmente Afectados por el Fenómeno de las Pandillas Delictivas, que se encargue de elaborar una estrategia regional de promoción de la cooperación interamericana para el tratamiento de las pandillas delictivas, que tome debidamente en cuenta las presentaciones de los organismos del Sistema interamericano y las intervenciones de los Estados durante la Sesión Especial Dedicada a Analizar el Fenómeno de las Pandillas Delictivas.

4. Solicitar al Consejo Permanente y a la Secretaría General que informen al trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General sobre la implementación de la presente resolución, cuya ejecución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

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