jueves, 12 de febrero de 2009

Otro fallo a favor de la despenalización de drogas en Argentina

La Justicia volvió a fallar a favor de la despenalización

A la espera de una resolución definitiva de la Corte, la Cámara Federal porteña sobreseyó a un joven detenido con 9,18 gramos de cocaína.

Cuando falta poco para que la Corte Suprema de la Nación revele su postura ante la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal, el tema, la Cámara Federal porteña sobreseyó a un joven al que se le secuestraron 9,18 gramos de cocaína.

Los camaristas de la Sala I, Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah ratificaron la posición de ese Tribunal sobre la tenencia de droga: es inconstitucional la norma que la reprime. La resolución definitiva la deberá tomar la Corte en los próximos días.

El joven fue interceptado, en el mes de junio último, cuando viajaba en moto por la calle Gurruchaga y al llegar al cruce con Nicaragua, desoyó "las señales sonoras de alto" que le efectuaron los efectivos.

En su declaración sostuvo que eran para su consumo personal, lo que fue ratificado por los médicos forenses que determinaron que se trata "de una persona afecta al uso indebidoperiódico de drogas".

Los camaristas Freiler y Farah se remitieron a anteriores votos en los que afirmaron que el segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737, conocida como "ley de drogas", es "una restricción de la libertad personal", y declararon su inconstitucionalidad.

Ballestero, por su parte, compartió el criterio y se remitió a anteriores fallos en los manifestaba que ese texto está en "irreconciliable pugna" con el artículo 19 de la Constitución Nacional que establece que las conductas privadas de los hombres que no afecten a terceros están exentas del juicio de los magistrados.

El artículo declarado inconstitucional por los jueces establece que "la pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal".

El fallo retoman lo que expresó ya en su origen la Corte cuando durante el gobierno de Raúl Alfonsín consideró que la tenencia para consumo no era punible. El argumento de aquel fallo –el caso Bazterrica– plantea que el consumo personal de drogas “no hace sino instituirse en una clara señal dirigida al Estado y al resto de la comunidad acerca de los deseos y motivaciones del individuo”. “Se trata –dice– de exteriorizar un mensaje mediante el cual se comunica a los demás el propio plan de vida elegido y que, aun cuando se aleje de lo que se estipula como el correcto, no puede ser silenciado”.

Fuente: Critica Digital

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